El gobierno de Tabasco reservó por cinco años las declaraciones patrimoniales de Hernán Bermúdez Requena, exsecretario de Seguridad. La medida, basada en el artículo 105, busca proteger investigaciones y seguridad, aunque reabre el debate sobre transparencia y rendición de cuentas.
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El gobierno de Tabasco reservó por cinco años las declaraciones patrimoniales de Hernán Bermúdez Requena. Por ello, sus bienes serán públicos hasta 2030.
Además, el Comité de Transparencia de la Secretaría Anticorrupción afirmó que divulgar datos podría afectar la investigación y la seguridad pública.
Por lo tanto, el acuerdo fue aprobado por unanimidad, según la resolución oficial.
El sustento jurídico es el artículo 105 de la Ley de Transparencia. Así, se reserva información que ponga en riesgo carpetas o el debido proceso.
De momento, las declaraciones quedarán bajo resguardo institucional. De hecho, solo se abrirán cuando concluyan procedimientos y queden firmes las resoluciones.
Asimismo, la autoridad advirtió riesgo de “mal manejo” de datos. Entonces, difundir detalles patrimoniales podría comprometer acciones y poner en riesgo a terceros.
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Aunque la reserva es legal, el contexto sí eleva el interés público. Pero Bermúdez fue señalado como presunto líder de La Barredora.
Esa red criminal ha sido vinculada con extorsión y control territorial en el estado, según pesquisas.
Además, su reciente captura reavivó dudas sobre complicidades e inercias institucionales hoy.
Por eso, conocer el origen y los movimientos de su patrimonio resultaría clave para seguir posibles rutas del dinero.
Aun así, la ley fija límites. Y, mientras tanto, el gobierno estatal sostiene que publicar los bienes entorpecería diligencias.
También, la autoridad advierte que publicar datos confidenciales vulneraría a testigos y a las propias instituciones encargadas del caso.
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No obstante, la ciudadanía conserva herramientas. Por ejemplo, puede impugnar ante el órgano garante y exigir versiones públicas con datos testados.
Así, es posible pedir información útil sin exponer domicilios, cuentas o identidades protegidas.
En suma, el dilema es nítido: equilibrar transparencia y debido proceso en un caso de alto impacto.
Al final, proteger investigaciones es necesario; sin embargo, también lo es asegurar rendición de cuentas efectiva y verificable.
Además, la reserva aplica por cinco años y puede revisarse si cambian las condiciones del caso.
Asimismo, debe existir prueba de daño que justifique el cierre temporal frente al interés público.
En julio, la SSyPC también clasificó la declaración de Bermúdez bajo criterios similares, lo que detonó críticas.
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